VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0297/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
II.
El accionante alega que los demandados, no compulsaron la prueba presentada, tampoco fundamentaron ni motivaron sus razonamientos, más aún, en la Resolución Jerárquica; actuación que vulnera sus derechos de acceso a la justicia y debido proceso en relación a la fundamentación, motivación, falta de valoración de prueba, seguridad jurídica y legalidad; pidiendo se deje sin efecto las Resoluciones de rechazo de 26 de abril de 2017 y Jerárquica de 20 de junio de igual año.
ii) Asimismo, considero que debió también tutelarse el derecho al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva; toda vez que, cuando una autoridad administrativa o judicial no pronuncia resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas, por ende, también lesiona dicho derecho, al transgredir el principio pro actione, tal cual se analizó en el Fundamento Jurídico II.4 de esta Disidencia; y,
- Partes:
- I.
- a)
- CONFIRMAR en parte
- II.
- 1)
- II.1.
- Fragmento 8
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- Fragmento 12
- II.2
- II.3. Revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable
- los Estados deben prevenir, investigar y sancionar
- el acceso a la jurisdicción para la víctima involucrará que
- iii)
- En consecuencia, la SCP 0297/2019-S2, sobre la base de los fundamentos jurídicos de esta Disidencia, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto:
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)