Fragmento 14
De la revisión de obrados, se advierte que, la accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, en sus elementos de una debida fundamentación, motivación y congruencia, a la tutela judicial y efectiva, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones y el principio de seguridad jurídica; argumentando que la Alcaldesa Suplente Temporal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba -ahora demandada-, emitió la Resolución Ejecutiva 361/2018 de 20 de septiembre, sin ingresar al fondo de la problemática, disponiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo.
- Fragmento 1
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- presupuestos para declarar la nulidad son
- 1)
- II.3. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Consiguientemente, la SCP
- b)
- c)
- 2)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- impugnación tardía de las nulidades
