presupuestos para declarar la nulidad son
La nulidad procesal como una especie de sanción procesal, se halla regida por principios que se encuentran reconocidos por la normativa procesal civil; los mismos que hace referencia la jurisprudencia constitucional. Así, la SC 0731/2010-R[10] de 26 de julio, estableció que, los presupuestos para declarar la nulidad son: 1) Los principios de especificidad o legalidad, en cuyo mérito solo puede declararse la nulidad si esta sanción está expresamente prevista por norma legal; 2) El principio de finalidad del acto, por el cual no es posible declarar la nulidad, si el acto a pesar de su irregularidad ha cumplido la finalidad a la que estaba destinado; 3) Principio de trascendencia, que señala que la nulidad procesal solo puede ser declarada si el acto irregular ha ocasionado un perjuicio serio e irreparable; y, 4) El de convalidación, en cuyo mérito no es posible declarar la nulidad si el afectado con el acto irregular lo consiente expresa o tácitamente; asimismo, estableció también que un acto procesal es susceptible de nulidad solo cuando es reclamado oportunamente o cuando el litigante no tuvo conocimiento de la existencia del proceso, hecho que le causó indefensión, afectando su derecho a la defensa; dicho entendimiento fue complementado por la SC 0242/2011-R de 16 de marzo, en su Fundamento Jurídico III.1, determinando que quien pide la nulidad debe ser el agraviado por el acto viciado, además, debe verificarse la concurrencia de las siguientes condiciones: FJ III.1.
- Fragmento 1
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- presupuestos para declarar la nulidad son
- 1)
- II.3. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Consiguientemente, la SCP
- b)
- c)
- 2)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- impugnación tardía de las nulidades
