Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2019-RCA
Fecha: 24-Jun-2019
I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
Considera lesionados sus derechos a una resolución fundamentada y motivada, a la igualdad, a la educación superior, al debido proceso, a la dignidad de las personas, a “no cumplir resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado”; y, a los principios de legalidad y seguridad jurídica; citando a tal efecto, los arts. 8.II, 9.2, 14.IV, 77, 91, 108.1, 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13