III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se vulneraron sus derechos a la libertad, a la petición y al debido proceso; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra, mediante memorial de 19 de octubre de 2018, solicitó la cesación de la detención preventiva y no mereció providencia alguna; posteriormente, el 29 de igual mes y año planteó una acción de libertad contra la Jueza ahora demandada; consiguientemente el 30 del mismo mes y año, se emitió la Resolución 038/2018, que dispuso se señale audiencia de cesación de la detención preventiva y ante la falta de acatamiento a la misma el impetrante de tutela, pidió mediante escrito de 5 de noviembre de igual año, el cumplimiento a la señalada Resolución, asimismo se le otorgue fotocopias legalizadas de todo el cuaderno de control jurisdiccional; sin embargo, hasta el momento del planteamiento de la presente acción tutelar se desconoce el lugar donde se encuentra el referido cuaderno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cosa juzgada constitucional
- sujeto
- Al ser considerada como el medio de defensa que tutela dichos derechos, tiene tramitación sumarísima y su uso debe ser mesurado, evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y fundamentos, y si tienen el mismo objeto
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- REVOCAR
