SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2019-S4

Fecha: 05-Jun-2019

a)

Heidy Haydee Calderón Pérez, Vocal de la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Adolfo Irahola Galarza, Vocal de la Sala Civil Segunda, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante memorial presentado el 10 de enero de 2019, cursante de fs. 203 a 204 vta., informaron lo siguiente: a) El accionante confunde las peticiones que fueron realizadas por el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, que en una primera oportunidad, no impetró la aplicación de medidas precautorias, por lo que se decretó no haber lugar a lo solicitado y que la parte debía utilizar los medios legales pertinentes, a fin de lograr lo peticionado; b) Ante tal decisión, el mencionado Gobierno Autónomo Departamental, presentó un memorial impetrando la aplicación de medidas precautorias, consistentes en la retención de fondos y embargo de bienes de propiedad de la empresa hoy accionante; y por ello, el Tribunal autorizó la medida precautoria de retención de fondos; y, c) De esa forma, no es evidente que se hubiera negado la aplicación de una medida precautoria como erróneamente refiere el hoy accionante, toda vez que las solicitudes formuladas por la Gobernación de Tarija, fueron totalmente diferentes.