Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
II.1.
II.1. A través de la Resolución Suprema 18937 de 8 de junio de 2016, pronunciada por Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y César Hugo Cocarico Yana, Ministro d Desarrollo Rural y Tierras, dentro del proceso de saneamiento integrado al Catastro Legal (CAT-SAN), respecto al polígono 029 de la propiedad denominada Comunidad Tuero Chico, ubicada en el municipio de Yotala, provincia Oropeza del departamento de Chuquisaca, se adjudicó a favor de María Luz Vedia y Salomón Huarina Llanqui, la parcela 125 con una superficie de 0,0778 ha; asimismo, se declaró la ilegalidad de la posesión de los mencionados accionantes, respecto a la parcela 046 de 0.0176 ha (fs. 2 a 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- conocido como por «omisión» en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados, etc.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR