SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2019-S1
Fecha: 05-Jun-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 2 de agosto de 2017, fue designado por el Director Nacional de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura mediante memorando CM-DIR.NAL.RR.HH.-0536/2017, para ejercer el cargo de Técnico III-Inscriptor de Derechos Reales (DD.RR.), cumpliendo de manera eficiente dichas funciones; el 12 de julio de 2018, nació su hija NN, empero, sin esperar que dicha menor cumpla un año, por memorando CM-DIR.NAL.RR.HH.-1010/2018 de 12 de septiembre, emitido por órdenes del Pleno del Consejo de la Magistratura y firmado por el Director antes citado, fue ilegalmente despedido, pese a ser funcionario de planta y no a contrato, sin que medie ninguna de las circunstancias previstas en el art. 5 del Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009, vulnerándose su derecho a la inamovilidad laboral en su condición de progenitor hasta que su hija cumpla un año de edad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los funcionarios públicos provisorios y de carrera; su inamovilidad laboral, y las excepciones que se presentan en función al tipo de funcionario público
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.3. Otras consideraciones