SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2019-S1
Fecha: 05-Jun-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En audiencia, la parte peticionante de tutela, ratificó inextenso los términos expuestos en su memorial de amparo constitucional, y ampliándolo señaló que, producto de la desvinculación laboral inconstitucional, se suspendió la atención de salud de su hija menor de edad, desconociéndose el cuidado prioritario por parte del Estado del que goza la niña que aún no tiene un año de edad; en consecuencia, la jurisprudencia constitucional ha emitido dos entendimientos, uno que se refiere a los funcionarios provisorios en cargos de la carrera judicial, y el segundo a funcionarios provisorios, amparados por el Estatuto del Funcionario Público; y, si bien en el primer caso, evidentemente hay dos sentencias constitucionales que declaran que no merecen protección constitucional, sin embargo, las características de dichas sentencias señalan a cargos que hacen a la función judicial; y, al presente, el prenombrado no ocupa uno que esté dentro de la carrera judicial, por lo que, dicho entendimiento no es vinculante, dado que no se está exigiendo protección al derecho a mantener la estabilidad laboral en sus funciones mientras su hija cumpla un año, sino que al tener un cargo administrativo dentro del Consejo de la Magistratura no le son aplicables; pidiendo por ello, la protección especial y reforzada prevista en el art. “48.6” de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los funcionarios públicos provisorios y de carrera; su inamovilidad laboral, y las excepciones que se presentan en función al tipo de funcionario público
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.3. Otras consideraciones