SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

1

La peticionante de tutela a través de sus abogados patrocinantes, ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de defensa y ampliándolo, refirió que: 1) Cristóbal Febrero Mamani en la gestión 2010, se obligó para con su persona a realizar la “usucapión” o la regulación del derecho propietario para hacerle posteriormente la transferencia; que en su mérito construyó dos habitaciones y un baño en la que vive no sólo junto a sus hijos, sino también junto a su hermano y sobrinos. Por motivos de trabajo se trasladó a la localidad de “Brasileia” como vendedora ambulante, llegando a su domicilio en horario de la noche, encontrándose sin acceso a su vivienda y con sus enseres, muebles y construcción de madera destruida, vivienda que fue “abruptamente” interrumpida; 2) Alega que se ha hecho justicia por mano propia; 3) Las vías de hecho asumidas por el demandado, dejó a menores de edad durmiendo a la intemperie privándoles de los servicios básicos tales como agua, luz, repercutiendo en su integridad física y afectando su dignidad; 4) No consideró la existencia de un proceso penal por estafa y estelionato; 5) No corresponde hacer referencia a quien tiene el derecho propietario, asegurando que ello se define en la vía civil; y, 6) Aduce la existencia de un proceso civil de reconocimiento de firmas y rúbricas, que el demandado podía iniciar cualquier proceso como el desalojo y no asumir esas medidas, pidiendo se restituya su vivienda al estado en el que estaba, pidiendo se conceda la tutela y la reparación de los daños causados.

   CONCEDER en parte la tutela impetrada, respecto a las medidas de hecho realizadas por Ángel Febrero Canaviri; y el resguardo del derecho a la vivienda vinculado a la dignidad, disponiendo la restitución de la accionante a su vivienda entre tanto se defina en la vía ordinaria lo que corresponda en derecho; y,