SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2019-S1

Fecha: 10-Jun-2019

Fragmento 17

Conocido el objeto procesal sobre el que converge esta acción de defensa, corresponde contextualizar la situación fáctica a partir de los antecedentes del caso; así, se tiene que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra del hoy impetrante de tutela y otro, por la presunta comisión de delito de robo agravado y asociación delictuosa, se habría dispuesto su detención preventiva emitiéndose el mandamiento correspondiente el 27 de abril de 2018; posteriormente, conforme lo ordenado por Resolución de 5 de enero de 2019, se emitió mandamiento de libertad y detención domiciliaria en favor del peticionante de tutela, mismo que, en su contenido instruye la puesta en libertad de forma inmediata del ahora accionante, siempre que no estuviere detenido por otra causa; dicho mandamiento fue puesto en conocimiento de la autoridad demandada, el 7 del mes y año a horas 11:24, quien -según lo refiere en su informe- procedió a la remisión de referido documento a la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario a efecto de que por las áreas correspondientes se verifique la autenticidad de la documentación, revise el file personal y emita informe respecto a que si sobre el prenombrado, pesaba algún otro mandamiento de detención o condena por otra causa seguida en su contra, realizándose tal emisión el mismo día a horas 11:30, como lo sostiene el demandado en su informe, quien además señaló que el 9 del citado mes y año, el verificador “Denis A. Heredia Sánchez”, puso en su conocimiento que de la revisión de los registros de ingreso se evidenciaba que el beneficiado con la libertad y detención domiciliaria Jhonny Carlos Mayta Quispe, sin número de identidad, se encontraba registrado como Jhonny Carlos Quispe Mayta, de acuerdo al mandamiento de detención preventiva con el que fue ingresado al aludido Centro Penitenciario; por lo que, se solicitó al Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz, se efectué las diligencias de corrección de nombre “…con la finalidad de determinar la verdadera identidad conforme a su documental de identidad para los registros de antecedentes de este recinto Penitenciario de San Pedro. Autoridad judicial que hasta la fecha NO se pronuncia” (sic).