Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2019-S1
Fecha: 10-Jun-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 09/18 de 19 de noviembre de 2018, cursante de fs. 74 a 75, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Víctor Edson Flores Villegas en representación sin mandato de Daimonth Héctor Villarroel Jurado contra Maria Jackeline Soriano Rivero, Carlos Fremiot Mendieta Terrazas, Ernesto Guardia Escobar, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Segundo y Claudia Mérida Arenas, Lorgio Viveros Sevilla y Luis Randy Dávalos Salinas, Fiscales de Materia de la División Propiedad, Crimen Organizado, Económico Financiero y Corrupción Pública de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), todos del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- ) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR