Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2019-S2
Fecha: 12-Jun-2019
II.4.
II.4. El 3 de octubre de 2018, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, por Auto de Vista 310/2018, declaró la improcedencia de los fundamentos expuestos por la DIRCABI; la procedencia en parte de los argumentos esgrimidos por la hoy accionante, revocando en parte la Resolución 272/2018 en cuanto a que ya no concurre el art. 234.4 del CPP, sin embargo confirmó en lo demás el fallo impugnado (fs. 97 a 100).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 5. Si impugnada la resolución, ésta es confirmada en apelación, empero, en lugar de activar inmediatamente la acción libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR