SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2019-S2
Fecha: 12-Jun-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que se vulneró sus derechos al debido proceso vinculado a su libertad, al acceso a la justicia y los principios de tipicidad, legalidad, “presunción de inocencia”, excepcionalidad de la restricción de la libertad y seguridad jurídica; por cuanto, la Jueza demandada, no fundamentó la Resolución 175/”2017” (sic) -lo correcto es 2018-, que dispuso su detención preventiva, fallo que fue confirmado en parte por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 215/2018, Resolución de segunda instancia que enerva algunos riesgos procesales, pero con una falta de fundamentación e inexistencia de prueba mantiene firme y subsistente el art. 235.1 y 2 del CPP, que es el que le causa agravio.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 5. Si impugnada la resolución, ésta es confirmada en apelación, empero, en lugar de activar inmediatamente la acción libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR