SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2019-S4

Fecha: 18-Jun-2019

II.2.

II.2.  Mediante Requerimiento de 26 del mes y año referidos, la Fiscal de Materia Ana María Balderrama Torricos –codemandada– , dispuso que el denunciante ahora impetrante de tutela, subsane las siguientes observaciones: i) Cuándo y cómo sucedieron los hechos denunciados; ii) Dónde y cuándo sucedieron los hechos; iii) Indicar los presuntos autores participes, víctimas, damnificados, testigos y demás elementos que puedan conducir a la comprobación del hecho denunciado; iv) Si el incumplimiento de deberes refirió a aspectos formales de la ley o de qué manera se subsume a los elementos del tipo penal de incumplimiento de deberes; v) Si dentro del curso histórico se dieron acciones de defensa constitucional; vi) Cuál el elemento que acreditó el dolo; vii) Cuál la forma de vinculación directa o indirecta entre los denunciados; viii) Si se dieron acciones administrativas internas en todas las instancias en las que ejercen funciones los denunciados; ix) Precisar que omitieron los denunciados; y, x) Respecto a la subsunción del delitos contra la salud pública, especificar las disposiciones normativas con indicación del numeral o numerales que hubieran sido afectados o se constituirían en disposiciones vulneradas.(fs. 7 a 8).