Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0389/2019-S4
Fecha: 24-Jun-2019
II.6.
II.6. El 24 de agosto de 2018, los ahora demandados, presentaron ante el Juzgado Público Civil y Comercial de turno del departamento de Cochabamba, medida preparatoria de reconocimiento de firmas contra el impetrante de tutela, con el fin de que reconozca la firmas estampadas en el recibo de 4 de mayo de 2016, y posteriormente se inicie el proceso de estructura monitoria de entrega de bien; calificación de daños y perjuicios o reivindicación (fs. 43 y vta., y fs. 47.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho: Alcances y requisitos para su consideración a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- una debida fundamentación y acreditación objetiva
- existió consentimiento de los actos denunciados y acusados como medidas de hecho, no corresponde ingresar al análisis de la problemática
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1º CONCEDER