Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2019-S4
Fecha: 24-Jun-2019
II.1.
II.1. Mediante informe de improcedencia DDRP AM 022/2018 de 7 de agosto, emitido por la Directora Departamental de Régimen Penitenciario, declaró improcedente la concesión de amnistía a favor de Brayan Jaime Dueñas Tito ahora impetrante de tutela bajo el argumento de que se pronunció con sentencia S-28/2018 de 4 de septiembre, con una condena de cinco años de reclusión, la misma que se encontraría en apelación restringida (fs. 52).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- IMPROCEDENTE”
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3)Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- tramitadas, resueltas
- III.2.
- i)
- REVOCAR