Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
II.1.
II.1. Cursa memorial de 28 de enero de 2019, en el cual el ahora accionante requiere al Juzgado de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba, que por Secretaría se le otorgue copia magnética del registro de audio de la audiencia de aplicación de medidas cautelares de 25 del mismo mes y año; también solicita el desglose de la documentación inherente a su persona, presentada por su defensa técnica en la audiencia referida; además de anunciar que Lucelia Montaño Herbas -esposa- hará seguimiento al proceso, en razón de que se ha ordenado su detención en el Centro de Rehabilitación de San Antonio (fs. 11 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 6
- -salvo justificación razonable y fundada- ante el tribunal de apelación, o se imprima un procedimiento o exigencias al margen de la ley
- si el cuaderno de apelación no es remitido en el plazo fijado por ley, dándoles una espera prudencial, para los casos de recargadas labores o suplencias etc, debidamente justificadas; sin embargo, este plazo no puede exceder de tres días
- [1]
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA