SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
I.1.1
Dentro del proceso penal a instancia del Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de asesinato; en apelación solicitó la cesación de su detención preventiva, alegando que se encuentra detenido durante cinco años y siete meses y que tiene tres hijos menores; además, que ante la sola concurrencia del numeral 2 del art. 235 del Código de Procedimiento Penal, correspondía la aplicación del principio de favorabilidad y del precedente establecido en la SCP 0014/2012 de 18 de marzo.
Sin embargo, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, determinó mantener su detención preventiva, sin valorar integralmente los elementos de convicción y sin aplicar el principio de favorabilidad solicitado, empleando por el contrario la SCP 200/2017-S2 de 13 de marzo, precedente que no correspondía por ser los hechos fácticos distintos y no análogos y habiendo dos precedentes constitucionales contradictorios, uno que determina la aplicación de medidas sustitutivas ante la existencia de un solo riesgo procesal y otro que establece la procedencia de la detención preventiva, debía aplicarse el que contiene el estándar jurisprudencial más alto, de forma favorable hacia el imputado.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III.1. La
- analizando en forma integral
- deberá fundamentar la decisión de conceder o rechazar esta petición, expresando los motivos de hecho y derecho en los que funda su determinación, los cuales deben obedecer a criterios objetivos
- forma integral
- III.1.2.
- Artículo 233. (Requisitos para la detención preventiva)
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- lo que nos da a entender, de manera clara, precisa e inequívoca que la jurisprudencia constitucional en ningún momento estableció que ante la existencia de un solo riesgo procesal (de fuga o de obstaculización), procedería automáticamente la libertad del imputado