Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.3.
II.3. Por Acta de Verificación de requisitos de 16 de noviembre de 2018, consta la reunión de la Comisión Calificadora Departamental de Chuquisaca, para la revisión de la documentación presentada por los postulantes, determinándose la existencia de veintinueve folders para revisar, y en referencia a la documentación perteneciente a la ahora accionante, se determinó inhabilitarla debido a que no dio cumplimiento al art. 30.8 del Reglamento del Proceso de Preselección de Vocales de las Salas Constitucionales en los Tribunales Departamentales de Justicia (fs. 151 a 155).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas:
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR