Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0430/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución de 29 de enero de 2019, cursante de fs. 43 a 45 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Carlo Dante Reyes Torrico en representación sin mandato de Olquer Calla contra Mauricio Pillco Mamani, Juez de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional y la presentación directa de la acción de libertad frente a amenazas del derecho a la vida
- ámbito de tutela que ha sido ampliada en el orden constitucional vigente a la vida
- III.2. El derecho a la salud y la asistencia médica de los privados de libertad
- será el Director del establecimiento el encargado de comunicar estos hechos a las personas indicadas
- director del establecimiento penitenciario o quien se encuentre a su cargo, ordenará el traslado del interno a un Centro de Salud adoptando las Medidas de Seguridad necesarias
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2°
- MAGISTRADO
- el proceso constitucional del hábeas corpus, únicamente se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido
- I.
- II.