SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

denegó

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de la Capital del departamento de La Paz, mediante Resolución 10/2019 de 11 de enero, cursante de fs. 49 a 53 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La SCP 1107/2017-S3 de 25 de octubre estableció que la jurisdicción constitucional no tiene competencia para valorar la prueba dado que esa compulsa corresponde exclusivamente a la justicia ordinaria cuyos jueces y tribunales conforme a las atribuciones que les confiere la Constitución Política del Estado de manera general y las leyes de forma específica deben examinar todo lo presentado en el proceso a efectos de emitir la correspondiente resolución; 2) Sin embargo a lo señalado en el inciso que antecede, la justicia constitucional tiene la obligación de verificar si en la determinación asumida por los jueces y tribunales ordinarios, dichas autoridades no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad, no emitieron de manera arbitraria la consideración de “ellas” ya sea parcial o totalmente y si “…basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizarlo como argumento…” (sic); y, 3) Resalta una notoria improcedencia de la acción de amparo constitucional; toda vez que, el accionante no estableció de manera concreta que derecho fundamental pretende salvaguardar.