Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
Los impetrantes de tutela alegaron la lesión de sus derechos a una justicia gratuita, al debido proceso, a la defensa, a la justicia pronta, transparente y sin dilaciones, a la igualdad de oportunidades, a la fundamentación y motivación, a una “jurisdicción ordinaria” y el “principio de congruencia”, citando al efecto los
arts. 115.II y 119.I y II, 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 del Pacto de San José de Costa Rica.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2. Congruencia y pertinencia como elementos del debido proceso
- implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos emitidos por la resolución, esta concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto
- ii)
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- 1º CONCEDER en parte