Sentencia Constitucional Plurinacional 0471/2019-S1 de 24 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0471/2019-S1 de 24 de junio

Fecha: 24-Jun-2019

implica la creación de condiciones de vida digna

El alcance de este primigenio derecho, se extiende no solo a representar la interdicción de la muerte arbitraria, sino que implica la creación de condiciones de vida digna[9], que vincula a otros derechos conexos e interdependientes que no se encuentran en el ámbito de su protección[10], como por ejemplo el derecho a la salud; cambiando incluso la tradición jurídica civilista de considerar persona solo a las existentes físicamente, integrando como sujeto de derecho y derechos a la persona fallecida y a su dignidad, en una visión plural del derecho a la vida digna en contextos de retenciones de cuerpos de pacientes en centros hospitalarios[11], en cuya el Estado asume un doble rol; primero, garantizar que las personas no sean privadas de ese derecho; y segundo, implementar simultáneamente políticas para garantizar una vida en condiciones acordes a su dignidad; resumiéndose estas obligaciones en dos sentidos; vale decir, su respeto y su protección[12], respectivamente.