SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 4 de agosto de 2016, Adolfo Efner Cerruto Salazar en representación legal de Freddy Chávez Landa y Osvaldo Ribera Gutiérrez -ahora terceros interesados- interpuso demanda contencioso-administrativa contra la RS 18328 de 10 de mayo de ese año, emitida como emergencia del proceso de saneamiento de la propiedad agraria denominada “El Encanto”, solicitando, se declare probada la demanda y en consecuencia, nula la Resolución impugnada así como el proceso que sirvió de base hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta el relevamiento de información en gabinete y campo, demanda que fue modificada y ampliada por escrito presentado el 29 de septiembre de igual año, oportunidad en la que se señaló como terceros interesados a Felicidad López Huaylla y Rolando Prado García -hoy accionantes- (fs. 4 a 10 y de 12 a 27 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR