SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurincional 0347/2019-S2
Fecha: 05-Jun-2019
por ello, la autoridad fiscal demandada extrañó la falta de entrevista a los testigos, así como el acta de reproducción del CD, como parte de los actos investigativos, sin realizar valoración alguna;
Por lo que, en este punto se concluye que en la Resolución Jerárquica impugnada, se efectúa una adecuada relación de las razones por las que decidió revocar la Resolución de rechazo, explicando cuales son los actos investigativos que no habrían considerado y cual la responsabilidad del Ministerio Público, como contralor del proceso de investigación, por ello, la autoridad fiscal demandada extrañó la falta de entrevista a los testigos, así como el acta de reproducción del CD, como parte de los actos investigativos, sin realizar valoración alguna; de ahí que no existe vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos de conclusión del proceso dentro de un plazo razonable, la legalidad de la prueba, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable; razón por la cual, corresponde denegar la tutela solicitada por la parte accionante, no advirtiéndose la vulneración de derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1) las autoridades judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- otras vías procesales idóneas
- por ello, la autoridad fiscal demandada extrañó la falta de entrevista a los testigos, así como el acta de reproducción del CD, como parte de los actos investigativos, sin realizar valoración alguna;
- CONFIRMAR