AUTO CONSTITUCIONAL 0190/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0190/2019-RCA

Fecha: 02-Jul-2019

II.2. Respecto de la solicitud de aclaración, enmienda y complementación en acciones de defensa

En un caso donde se solicitó aclaración, enmienda y complementación contra la resolución que declaró la improcedencia de la acción, el               AC 0034/2019-RCA de 13 de febrero, resolvió que: ꞌEl art. 36.9 del Código Procesal Constitucional (CPCo), inserto en el Título II ꞌAcciones de Defensaꞌ, Capítulo Primero Normas Comunes de Procedimiento en Acciones de Defensaꞌ, en relación a la solicitud de la aclaración, enmienda y complementación prevé que: ꞌLos accionantes o accionados podrán solicitar aclaración, enmienda o complementación, en la audiencia o en el plazo de veinticuatro horas desde la notificación escrita. En el primer caso, la autoridad judicial deberá responder en la audiencia; en el segundo, en el plazo de veinticuatro horas a partir de la presentación del escrito de aclaración, enmienda o complementaciónꞌ (las negrillas son agregadas)