Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2019-RCA
Fecha: 23-Jul-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución 180/2019 de 5 de junio, cursante a fs. 421 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Martina Morales Bernal de Santos contra Rufo Nivardo Vásquez Mercado y Gregorio Aro Rasguido, ambos Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre la labor de los jueces y tribunales de garantías, así como de las Salas Constitucionales
- en las acciones de amparo constitucional
- los requisitos previstos en el art. 33 del CPCo tienen por única finalidad dotar al juez constitucional de elementos veraces, objetivos y suficientes para garantizar un fallo justo e imparcial, permitiendo que el juzgador compulse correctamente los antecedentes de la problemática planteada, para luego conceder o denegar la tutela impetrada, según corresponda en cada caso concreto
- II.3. Análisis del caso concreto
- h)