DCP 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

Artículo 54. Agua y saneamiento

      b)        Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable en el marco de sus competencias y cuando corresponda de manera concurrente y coordinada con el nivel central del Estado y los otros niveles autonómicos; así como coadyuvar en la asistencia técnica y planificación. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio.

      c)        Proveer a sus habitantes en su jurisdicción, los servicios de agua potable y alcantarillado a través de entidades públicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de lucro, conforme a la Constitución Política del Estado y en el marco de las políticas establecidas en el nivel central del Estado.