Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S3
Fecha: 01-Jul-2019
II.1.
II.1. Por Imputación Formal presentada el 3 de octubre de 2018 ante el Juzgado de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, Gonzalo Álvarez Condori, Fiscal de Materia imputó formalmente a Florentino Herrera Jerónimo -ahora accionante- y a Nelly Choque Viza, por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas, solicitando la aplicación de medidas cautelares, entre ellas, la detención preventiva de ambos (fs. 40 a 44).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.
- que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR