SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2019-S3
Fecha: 05-Jul-2019
Fragmento 16
En mérito a la problemática identificada, se extrae de antecedentes que la accionante por memorial presentado el 25 de enero de 2019, interpuso ante el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, apelación incidental contra la Resolución 10/2019 de la misma fecha, a través de la cual se denegó la cesación a la detención preventiva; asimismo, por escrito presentado el 29 del indicado mes y año, solicitó el cumplimiento de plazos y remisión de su recurso ante el Tribunal de alzada; evidenciándose luego que mediante Oficio 53/2019 de 6 de febrero, suscrito por el Juez del Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento aludido, recién se remitió esa impugnación ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, que fue recepcionada en este último despacho el 7 de igual mes y año a horas 10:30.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.2. Sobre la exigencia de recaudos de ley, como condicionante para la remisión de la apelación incidental al Tribunal de alzada
- III.3. Necesaria reconducción de la línea jurisprudencial respecto a la acción de libertad innovativa
- Fragmento 12
- ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, en acción de libertad, cuando el petitorio devino en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- reconducir
- Fragmento 16
- III.4.
- Fragmento 18