SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

1)

Norberto Undurraga, Director de la Clínica Santa María de Los Ángeles S.R.L., a través de su representante en audiencia, señaló: 1) No es evidente la denuncia de detención indebida, porque la solicitud presentada el 6 de febrero de 2019, de condonación de deuda, carece de fundamento valedero e incluso jurídico toda vez que la Clínica no es víctima, razón por la que se rechazó esa petición, “…sin embargo (…) se acept[ó] el alta” (sic); 2) “…la paciente ingresó con fractura de pelvis y otras, y directamente se presenta la acción de libertad, aclarando que la clínica suscribe un documento de garantía el cual es ejecutado contra la responsable” (sic); y, 3) No se demostró que la internada este indebidamente privada de su libertad, “…presen[tan]do documentación, a efecto de evidenciar que el acta fue dada por la clínica y la negligencia de los parientes no es responsabilidad de la clínica…” (sic); consecuentemente, solicitó que se rechace la pretensión.