Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2019-S3
Fecha: 11-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad, por cuanto la autoridad demandada realizó acciones dilatorias e indebidas para evitar dar respuesta a sus requerimientos planteados, decretando con fechas retrasadas y corriendo traslado a la otra parte sin necesidad alguna; además de exigir la demostración de utilidad y pertinencia de sus solicitudes, que estaban destinadas a desvirtuar los riesgos procesales en la audiencia de apelación contra la negativa de cesación de su detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales -se reitera-
- como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 9
- III.2. Obligación de acudir ante el juez cautelar cuando el mismo ya tiene conocimiento de la imputación
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR