SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S3
Fecha: 18-Jul-2019
III.
Los accionantes a través de sus representantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad, a la locomoción, al libre tránsito, a la integridad física, a la alimentación y al trabajo, puesto que las personas ahora demandadas, en su calidad de dirigentes del Sindicato de Trabajadores en Construcción de la empresa DELL ACQUA C.A. SUCURSAL BOLIVIA, instruyeron a sus dependientes el cierre de las instalaciones del campamento de la entidad de forma abrupta, sin considerar que personal técnico se encontraba al interior de la misma, impidiendo su salida y restringiendo incluso el ingreso de alimentos, medidas de hecho que continuaron a pesar de la intervención de la Policía Provincial y la Jefatura Departamental de Trabajo Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad contra particulares y la inaplicabilidad del principio de subsidiariedad ante la concurrencia de medidas de hecho
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte