Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2019-S3
Fecha: 18-Jul-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 011/2019 de 1 de marzo, cursante de fs. 13 a 14, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4)
- en el caso previsto por el inciso 1), se tiene que el imputado para evitar esa declaratoria de rebeldía, con el debido respaldo probatorio debe acreditar las causas que le imposibilitaron asistir al llamado de la autoridad judicial que lo citó o emplazó. Caso contrario, la autoridad judicial dispondrá la declaratoria de rebeldía en el marco de lo dispuesto por el art. 89 del citado Código
- (Declaratoria de rebeldía)
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR