SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2019-S3
Fecha: 19-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la vida, a la salud, a la defensa y al debido proceso; puesto que, fueron objeto de retiro intempestivo a través de los Memorándums DTH-JCTCH/B/0284/18, DTH-JCTCH/B/0285/18 y DTH-JCTCH/B/0286/18 todos del 11 de diciembre de 2018, emitidos por la autoridad demandada, sustentándose en la presentación de la Resolución de Imputación Formal 262/2018 de 23 de diciembre, por la presunta comisión del delito de hurto (cometido dentro de la institución) en su contra, pese a que se encuentran bajo la protección de la Ley General del Trabajo que amplió su alcance mediante Ley 321, y sobre todo estando dicho proceso en etapa preliminar, habiendo dispuesto la autoridad de control jurisdiccional a cargo, medidas sustitutivas a la detención preventiva en su favor, por cuanto si se pretendió cesarlos debió emerger sus retiros de un proceso sumario administrativo interno, constituyendo dicha determinación en insostenible por anticiparse a la sentencia, la cual además debe estar ejecutoriada, derivando en una medida arbitraria que vulnera sus derechos laborales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la incorporación de los trabajadores municipales a la Ley General del Trabajo
- con la finalidad de que estos puedan gozar de los derechos y beneficios que la Ley General del Trabajo establece, como ser los derechos a la estabilidad laboral, vacaciones, indemnización, desahucio y otros, no pudiendo ser removidos de sus fuentes laborales en forma ilegal y arbitraria, salvo los casos establecidos en los arts. 16 de la LGT y el 9 de su Decreto Reglamentario
- III.2. De la observancia del debido proceso cuando se retira al trabajador por causa justificada. Jurisprudencia reiterada
- es necesario que previamente se lleve adelante un proceso previo dentro del cual se garantice que el imputado o acusado, cualquiera sea el ámbito donde se desarrolle el proceso, conozca los cargos de acusación, pueda presentar sus descargos y la prueba que considere pertinente, debiendo ser juzgado por una autoridad imparcial; lo contrario significara que la sanción impuesta obedece a la arbitrariedad desconociendo el Estado Constitucional de derecho, encontrándose en aquellos casos la jurisdicción constitucional habilitada para conceder la tutela, ordenado se restablezca el orden constitucional
- la sanción directa de destitución constituye una medida arbitraria, por prescindir del ordenamiento jurídico, pues no se dio a la ahora accionante la oportunidad de conocer los cargos que se le acusan, tampoco tuvo la posibilidad de asumir amplia defensa presentando descargos y prueba a objeto de desvirtuar las denuncias en contra suya, menos un juez imparcial tuvo la posibilidad de pronunciarse al respecto, lo que evidencia una vulneración al mandato constitucional que garantiza el debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR