SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

III.1.  Sobre la incorporación de los trabajadores municipales a la Ley General del Trabajo

Al respecto, la SCP 0161/2018-S3 de 2 de mayo, reiterando los razonamiento de la SCP 1376/2015-S2 de 16 de diciembre, señaló lo siguiente: «…“A partir de la promulgación de la Ley 321 se incorporó ‘…al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores asalariados permanentes que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Autónomos Municipales de Capitales de Departamento y de El Alto de La Paz, quienes gozarán de los derechos y beneficios que la Ley General del Trabajo y sus normas complementarias confieren, a partir de la promulgación de la presente Ley, sin carácter retroactivo’ (art. 1.I de la citada Ley), por lo que, los servidores municipales gozan de todos los derechos y beneficios que reconoce la Ley General del Trabajo, excepto aquellos servidores públicos electos y de libre nombramiento; así como los que ocupen cargos de dirección, secretarias general y ejecutiva, jefatura, asesor, y profesional.