SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2019-S3

Fecha: 24-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de junio de 2018, su concubina interpuso una nueva denuncia en su contra por la supuesta comisión del precitado ilícito, causa penal que ocasionó que en el primer proceso que se le siguió, se solicite la revocatoria de dicho beneficio ante la Jueza de Instrucción Penal Quinta de Sucre del departamento de Chuquisaca -ahora demandada-, petición a la que se adhirió el representante del Ministerio Público, señalándose audiencia para el 14 de septiembre de igual año.

En dicho acto procesal, la autoridad demandada mediante Auto Interlocutorio de la misma fecha, determinó revocar la suspensión condicional de la pena ordenada a su favor y dispuso el cumplimiento de la pena privativa de libertad                         -determinación de carácter definitivo-, cuya notificación adoleció de las formalidades previstas por ley, contraviniendo el mandato del art. 163 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no ponerle en su conocimiento de forma personal la correspondiente copia transcrita de la citada Resolución a objeto de presentar su respectiva impugnación; contrariamente a procedimiento se le notificó en esa audiencia pública, además de haberse ejecutoriado a través del decreto de 26 de septiembre del referido año, decisión que sin antes correrle en traslado fue promovida por la parte contraria.