Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2019-S3
Fecha: 29-Jul-2019
II.4.
II.4. Por Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM. 127/2018 de 19 de diciembre, Wilfredo Tarqui Copajira, Jefe Departamental de Trabajo Santa Cruz, conminó a la empresa Industrias Oleaginosas S.A. proceda a la inmediata reincorporación del accionante al mismo cargo que desempeñaba; “reponiendo” los sueldos devengados desde su retiro, se mantenga su antigüedad y demás derechos que por ley le corresponden; siendo notificado el empleador el 28 de diciembre del referido mes y año (fs. 15 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- 2)
- por la inmediatez que merece la tutela que pretende; sólo exige acudir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- III.2. La inamovilidad funcionaria del trabajador (a) hasta que su hijo (a) cumpla el primer año de edad
- la estabilidad laboral de la mujer en estado de gravidez, sino sus alcances se extienden en las mismas condiciones de igualdad al progenitor varón, independientemente de que se tratasen de empleadas (os) del sector privado o funcionarias (os) del sector público
- III.3. Análisis del caso concreto
- es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución
- CONFIRMAR