SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, y a la defensa; toda vez que, dentro del proceso penal seguido contra Karla Lorena Garrido Melgar y otros, por la presunta comisión de los delitos de encubrimiento, receptación y legitimación de ganancias ilícitas, el Juez del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Santa Cruz –ahora demandado–, no resolvió su solicitud de conversión de acciones, emitiendo el proveído de 15 de marzo de 2018, sin cumplir los requisitos de forma y fondo y tampoco realizó el saneamiento procesal exigido; lo que motivó la presentación del recurso de reposición, que fue atendido a través del decreto de 1 de junio de igual año, donde el demandado señaló que “no ha lugar la reposición solicitada” (sic), sin motivar ni motivar su determinación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos
- 1)
- 2)
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas. En sentido contrario, cuando la resolución aún siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR