SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

II.2.

II.2.    Cursa acta de audiencia de apelación desarrollada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justifica Justicia de Cochabamba el 7 de febrero de 2019, en el que luego del informe brindado por el Secretario del mencionado Tribunal, respecto a la asistencia de las partes procesales, se comunicó que en audiencia estaban presentes el representante del Ministerio Público y la parte imputada, y ausentes los representantes del Viceministerio de TransparenciaViceministerio de Transparencia Institucional y lucha contra la Corrupción Institucional Interinstitucional y del Consejo de la Magistratura por lo que al no conocer los puntos de agravio del recurso de apelación que formularon -los últimos nombrados- en mérito al art. 398 del CPP que limita la competencia del Tribunal de alzada para resolver el recurso se dispuso su rechazó.

Acto seguido se procedió a fundamentar los puntos de agravio por el representante del Ministerio PublicoMinisterio Público, quien indicó que el fallo impugnado debió también debió establecer la concurrencia de los riesgos procesales instituidos normados en el art. 234.1, 2 y 10 del CPP. En forma posterior, la parte imputada fundamentó su recurso de apelación identificando cuatro puntos de agravio, referidos a la inconcurrencia  de los riesgos procesales instituidos en los arts. 233.1 y 235.1, 2, 5 del CPP (fs. 19 a 23).