Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2019-S1
Fecha: 05-Jul-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 40/2019 de 31 de enero, cursante de fs. 90 a 94 vta., pronunciada dentro la acción de libertad interpuesta por Liz Sofía Uyuli Choque en representación sin mandato de Henry Richard Zamata Jaila contra Héctor Quilla Vargas, Juez de Instrucción Penal Séptimo; y, Edith Torrez Camacho, Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Quinto, ambos de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Z
- el Juez de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz ordenó a la Supervisora o Coordinadora de la Central de Notificaciones informe sobre las razones o motivos por los que no se habrían efectuados las diligencias a la víctima del proceso penal y además, señaló que se habría evidenciado defectos procesales absolutos en el trámite de consideración de la solicitud de procedimiento abreviado por lo que dispuso se pase obrados a despacho para emitir resolución
- Respecto a la Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz
- REVOCAR en parte