SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2019-S1

Fecha: 05-Jul-2019

Z

De los antecedentes del proceso, reflejados en las Conclusiones del presente fallo, se tiene que dentro del proceso penal que se le sigue el Ministerio Público a Henry Richard Zamata Jaila, ahora accionante, a denuncia de Rolando Poma Colque, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, allanamiento de domicilio o sus dependencias y lesiones graves y leves, se emitió Mandamiento de Detención Preventiva contra Henry Richard Samata Jalla con DNI 80295483 Perú, ordenado por Héctor Quilla Vargas, Juez de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz, ahora demandado; asimismo, en audiencia de consideración de la solicitud de procedimiento abreviado por Sentencia 484/2018 de 24 de diciembre, el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz (en suplencia legal por vacación judicial), condenó al impetrante de tutela a la pena privativa de libertad de tres años en reclusión por el delito de robo agravado tipificado en el art. 332.2 del CP, ordenando expedir el mandamiento de condena y computar la pena desde el 8 de octubre de 2018; y de igual forma, de conformidad con el art. 366 del CPP, concedió la suspensión condicional de la pena ordenando expedir el mandamiento de libertad correspondiente. Así, primero se emitió el Mandamiento de Condena contra Henry Richard Zamata Jaila para que cumpla la pena privativa de libertad de tres años en reclusión, señalando además que el imputado fue beneficiado con la suspensión condicional de la pena mediante Sentencia 484/2018, y de igual forma, se expidió Mandamiento de Libertad a favor de Henry Richard Zamata Jaila con DNI 80295483 Perú, mandamientos recibidos en la Dirección del Recinto Penitenciario de     San Pedro de La Paz el 2 de enero de 2019, los cuales merecieron Informe de igual fecha, por el Verificador a.i. del señalado Recinto Penitenciario en el cual señaló que la identidad que figura en el mandamiento de detención preventiva no corresponde a la consignada en el mandamiento de libertad; toda vez que, en el primero está el nombre de Henry Richard Samata Jalla con DNI 80295483 Perú, y en el segundo se consigna a Henry Richard Zamata Jaila con DNI 80295483 Perú, informe elevado a objeto de la respectiva rectificación o aclaración por el Juzgado, para determinar la verdadera identidad del privado de libertad, remitido al Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz a través de nota Stria. Dir. 005/2019 de 2 de enero por el Director del señalado Recinto Penitenciario solicitando pronunciamiento, el cual fue providenciado por la autoridad jurisdiccional el 4 de enero de 2019 indicando que al haber perdido competencia se remitan los antecedentes al Juez natural para absolver la representación.

De igual forma se extrae de Conclusiones, que el peticionante de tutela mediante memorial de 7 de enero de 2019, dirigido ante al Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, hace conocer y pide se extienda un nuevo mandamiento de libertad con su nombre correcto Henry Richard Zamata Jaila con DNI 80295483 Perú y que en el día se remita a la “Gobernación” del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz; escrito providenciado por la referida autoridad, el 8 de señalados mes y año, indicando que había fenecido su turno por vacación judicial, debiendo acudir al juzgado titular y a su vez conminando al personal del Juzgado a remitir los antecedentes al Juez natural en el día, remisión que se hizo efectiva a través de nota               Cite Of 46/2018 de 10 de enero de 2019, recibida en el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz el 14 de indicados mes y año. En tal sentido, por memorial presentado el 14 de enero de 2019 ante el supra citado, el accionante pidió corrección de sus apellidos en el mandamiento de libertad, siendo respondido por Auto de 15 de indicados mes y año mediante el cual se dispuso la corrección del nombre de Henry Richard Zamata Jaila con DNI 80295483 Perú, en la Resolución 402/2018 de medidas cautelares, ordenando librar nuevos mandamientos de detención preventiva, de condena y de libertad por suspensión condicional de la pena con dichos datos, sea con noticia de partes; complementando inclusive la Sentencia 484/2018, en cuanto a las condiciones del beneficio de la suspensión condicional de la pena.