Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 18 de enero de 2017, el peticionante de tutela, solicitó al Rector de la UNIPOL, se regularice su año de egreso de ANAPOL y se disponga que sea en 2005 y no 2014, debido a que la dilación no fue ocasionada por su persona, emitiéndose la RA 079/2017 de 9 de mayo, mediante la cual, el Consejo de la ANAPOL, declaró no haber lugar a su pretensión (fs. 27 a 36 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2.
- REVOCAR