SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración del debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación, así como sus derechos a una remuneración justa, a la dignidad y a la no discriminación; toda vez que, habiendo egresado diez años después de lo previsto de la ANAPOL, por causas estrictamente atribuibles a la institución policial, solicitó que al amparo de lo previsto por el art. 113 de la CPE, reparándose el daño causa, se corrija su fecha de egreso, disponiendo se consigne que pertenece a la promoción de 2005 y no de 2014, petición que fue denegada y que no obstante haber sido impugnada en la vía de los recursos de revocatoria y jerárquico, fue confirmada a través de resoluciones que carecen de una debida fundamentación y motivación y no dan respuesta a los agravios planteados; situación que de manera colateral, lesiona sus derechos a una remuneración justa, a la dignidad y a la no discriminación, que se ven afectados ante la imposibilidad material de acceder al grado inmediato superior debido a su edad actual.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2.
- REVOCAR