Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2019-S2
Fecha: 12-Jul-2019
a)
Solicita se conceda la tutela y: a) Se deje sin efecto el punto “V.4” de la Convocatoria al VIII Congreso Extraordinario de la Mutualidad del Magisterio Nacional “MUMANAL”, referente a los requisitos para ser elegidos delegados puesto que estableció que no podía ser delegado participante, todo aquel afiliado que sea miembro de una federación que sea ocupante irregular o ilegal de algún bien inmueble de propiedad de MUMANAL; b) Se garantice la participación de los miembros de la Federación Departamental de Maestros Jubilados de Oruro al Congreso citado; y, c) Se condene en costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sustracción de objeto del amparo constitucional por haberse extinguido la causa que motivó su interposición
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido, como quiera que la finalidad de la acción de tutela es
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR