Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.1.
II.1. Mediante Auto de Vista de 1 de noviembre de 2018, Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba –ahora demandados–, resolviendo diecinueve apelaciones interpuestas por los querellados en contra del Auto de Procesamiento, disponiendo la devolución del proceso al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (Tribunal comitente) para que este a su vez remita a la Sala Plena de su homólogo de Oruro como Tribunal competente y juez natural, ello en mérito al saneamiento procesal hasta el Auto de Procesamiento 01/2011, en cumplimiento al AS 119/2010 de 29 de abril, “sea con la debida motivación y fundamentación” (sic) (fs. 60 a 66).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- 1)
- REVOCAR