Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.3.
II.3. En mérito a la solicitud de complementación y enmienda interpuesta por el BCB, mediante proveído de 23 de enero de 2019, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pidió la devolución de obrados a objeto de resolver dicha petición; por lo que, el 25 del citado mes y año su similar de La Paz, dispuso la devolución de diez expedientes correspondientes al recurso de apelación del Auto de Procesamiento, determinando al efecto dejar en suspenso la orden de remisión del proceso al Tribunal Departamental de Justicia de Oruro el cual deviene como consecuencia del Auto de Vista de 1 de noviembre de 2018 (fs. 73 y 75).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- 1)
- REVOCAR