Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2019-S2
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. Cursa la nota CITE 097/2018 de 7 de agosto, emitida por la CONCOBOL dirigida a la Presidenta del Consejo de Vigilancia de COTEL La Paz Ltda., señalando que dicho Ente, tomó conocimiento de la Resolución 024/2018, emitida por el Consejo de Vigilancia, estableciendo que la mencionada resolución reconoce y acata las determinaciones de la CONCOBOL, en ese sentido dispone “…a partir de la fecha, levantar la suspensión de los Consejeros de Vigilancia…” (sic) -ahora accionantes-, que fue instruida en la Nota Cite 056/2018 de 27 de abril de 2018 (fs. 168).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Respecto al principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- Amparo ha sido demandado después de más de seis meses de haberse emitido la Resolución que se impugna - referida al rechazo del recurso de apelación formulado contra el rechazo del incidente de nulidad de remate