Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. Mediante escrito presentado el 21 de septiembre de 2018, el peticionante de tutela, haciendo conocer la existencia de un contrato de alquiler sobre el 50% del inmueble y que no correspondía la desocupación del mismo por tal situación, hizo conocer a la autoridad jurisdiccional, que Franz Sandro Apodaca Arnez, le hizo una promesa de venta respecto a la fracción que le correspondía, habiendo a dicho efecto el interesado, cancelado la suma de $us190 000.- (dólares estadounidenses ciento noventa mil); pretensión que fue corrida en traslado a las partes el 25 del referido mes y año (fs. 85 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- declaró “IMPROCEDENTE”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR